El falso mito de las denuncias falsas por violencia de género
Según datos de ONU en todo el mundo una de cada tres mujeres ha sufrido violencia física o sexual, principalmente por parte de un compañero sentimental. En 2012, en 1 de cada 2 casos de muertes de mujeres, el autor era su compañero sentimental o un miembro de su familia.
En el año 2016 se presentaron 142.893 denuncias, y en el año 2019 se interpusieron 168.057, según los Informes del CGPJ.
En el año 2020, 43 mujeres fueron asesinadas a manos de sus compañeros o excompañeros varones, y 6 niños fueron asesinados víctimas de violencia de género por sus padres. Según estudios de la Delegación del Gobierno para la Violencia de Genero, entre la juventud y la población escolar la violencia contra las mujeres sigue siendo una realidad que, lejos de abandonar, sorprendentemente se mantiene muy presente en el ámbito de sus relaciones personales. El número de menores juzgados por delitos de violencia de género, aumenta cada año según datos del Consejo General del Poder Judicial. Según datos de una macro encuesta del Ministerio de Sanidad, del 2015, el 67,7 % de las mujeres víctimas de maltrato no denuncia, porque tiene miedo, vergüenza o porque resta importancia a lo que les ocurre.
En el año 2018 se presentaron 166.961 denuncias, se presentaron 13 denuncias por un posible delito de denuncia falsa, sin contar con el resultado de dicho procedimiento por denuncia falsa y suponiendo que fueran todas sentencias condenatorias supone un 0,007% del total de las denuncias interpuestas. A lo largo del 2018 solo hubo una condena por un delito de denuncia falsa, lo que supone el 0,0005% del total de denuncias.
En el año 2018 se presentaron 166.961 denuncias. Solo 13 fueron denuncias por un posible delito de denuncia falsa, un 0,007% del total.
Según las memorias de la Fiscalía General del Estado en cuanto criminalidad en los menores, en el año 2018 ha habido un considerable aumento de los menores autores de delitos de violencia de género, así como, contra la libertad sexual, destacando las conductas de las víctimas a la hora de no considerarse como tales, ni dar importancia a conductas que, siendo ajustadas a delitos de este tipo, ellas normalizan como situaciones a las que no dan ninguna importancia.
Con esta realidad, redundar en el mito de las denuncias falsas resulta muy perjudicial para las mujeres víctimas de violencia, y digo mito porque es un mito. El Consejo General del Poder Judicial realizó una serie de investigaciones al respecto, según las cuales, se concluyó que solo el 0,010% de las denuncias podía afirmarse que eran denuncias falsas. La Fiscalía de Sala contra la Violencia sobre la Mujer con la colaboración de todos las Fiscalías Delegadas en las diferentes provincias concluyó, en su estudio, que ese porcentaje era del 0,006%.
Un 0,010% no es ejemplo de nada, al contrario, resulta anecdótico. Lo que no es anecdótico es que haya 168.057 mujeres que hayan presentado denuncia en tan solo un año (2019). Esto sí ofrece un reflejo de la sociedad española actual muy alejada de ese pretendida igualdad, y en la que, las relaciones de pareja se siguen construyendo según esquemas verticales de poder, que se perpetúan mediante esa violencia.
Afirmar de ese modo, que mujeres desaprensivas denuncian en falso ante los Juzgados para evitar una custodia compartida, resulta un análisis, además de falso, simplista y ajeno a la realidad que viven un gran número de mujeres madres que se separan y que sufren violencia. Es alentar la incredulidad a la que deben enfrentarse las mujeres que denuncian y la misoginia que amenaza a todas las mujeres, nuestras hijas, madres y hermanas.
Por otro lado, la elevada incidencia de la violencia en las relaciones de pareja heterosexuales, exige una extrema cautela a la hora de ofrecer apoyo y ayuda a las mujeres que expresan su deseo de iniciar un proceso de divorcio o separación, pues la respuesta profesional ante dicha solicitud resulta totalmente diferente según el contexto, de violencia o no, ante el que nos encontremos.
Es así que el ofrecimiento de espacios de negociación, e incluso de mediación familiar, deben así mostrarse como posibles opciones siempre que haya ciertas garantías de que nos encontramos ante una pareja ajena a estas realidades, de igual modo, que deben asegurar su interrupción, ante la mínima sospecha sobre su concurrencia.
El derecho de familia exige una global observación del sistema familiar ante el que nos encontramos, de modo que, la respuesta tras dicha meditada observación, será lo más ajustada a una realidad específica y no a una posible realidad deducida de una supuesta normalidad.
Una decisión acerca de la ruptura familiar, da lugar a cambios de tal calado que debe tomarse desde la perspectiva de una valoración profesional pensada y en absoluto precipitada, de ahí que antes de pasar a la acción hay que consultar con la/el profesional que procure un óptimo acompañamiento en el proceso que se va a iniciar cuando tomamos la decisión de materializar el divorcio, en la búsqueda por implementar el sistema de custodia más adaptado al estado de ánimo e historia familiar de los niños y niñas.
Autor: Victoria Eugenia Diéguez